Asesoría Laboral en Guatemala - Capacitación en Derecho del Trabajo

Escríbenos y consulta tu caso:

Escríbenos y consulta tu caso:

4 oct 2009

Principales obligaciones de los trabajadores en Guatemala

Así como tenemos derechos, los trabajadores también tenemos obligaciones que cumplir, las cuales debemos tomar en cuenta para evitar caer en alguna falta que pueda ser sancionada por el empleador. En este post encontraras las obligaciones de los trabajadores establecidas en el Código de Trabajo. Si necesitas informacion mas detallada o asesoria especializada, puedes contactar a cualquiera de las organizaciones Sindicales que se detallan en éste Sitio o contáctanos por medio del formulario "contáctanos" de éste sitio,para brindarte la orientacion que necesites.



*Además de otras contempladas en el Código de Trabajo, el artìculo 63 del Còdigo de Trabajo establece que las principales obligaciones de los trabajadores son:

a) Desempeñar el servicio contratado bajo la direccion del patrono o de su representante, a cuya autoridad quedan sujetos en todo lo concerniente al trabajo;
b) Ejecutar el trabajo con la eficiencia, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos;
c) Restituir al patrono los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y utiles que se les faciliten para el trabajo. Es entendido que no son responsables por el deterioro normal ni por el que se ocasione por caso fortuito, fuerza mayor, mala calidad o defectuosa construccion;
d) Observar buenas costumbres durante el trabajo;
e) Prestar los auxilios necesarios en caso de siniestro o riesgo inminente en que las personas o intereses del patrono o de algun companero de trabajo esten en peligro, sin derecho a remuneracion adicional;
f) Someterse a reconocimiento medico, sea al solicitar su ingreso al trabajo o durante este, a solicitud del patrono, para comprobar que no padecen alguna incapacidad permanente o alguna enfermedad profesional, contagiosa o incurable; o peticion del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, con cualquier motivo;
g) Guardar los secretos tecnicos, comerciales o de fabricacion de los productos a cuya elaboracion concurran directa o indirectamente, con tanta mas fidelidad cuanto mas alto sea el cargo del trabajador o la responsabilidad que tenga de guardarlos por razon de la ocupacion que desempena; asi como los asuntos administrativos reservados, cuya divulgacion pueda causar perjuicio a la empresa;
h) Observar rigurosamente las medidas preventivas que acuerden las autoridades competentes y las que indiquen los patronos, para seguridad y proteccion personal de ellos o de sus companeros de labores, o de los lugares donde trabajan; e
i) Desocupar dentro de un termino de treinta dias, contados desde la fecha en que se termine el contrato de trabajo, la vivienda que les hayan facilitado los patronos, sin necesidad de lostramites del juicio de desahucio. Pasado dicho termino, el juez a requerimiento de estos ultimos, ordenara el lanzamiento, debiendose tramitar el asunto en forma de incidente. Sin embargo, si el trabajador consigue nuevo trabajo antes del vencimiento del plazo estipulado en este inciso, el juez de trabajo, en la forma indicada, ordenara el lanzamiento.
Share:

0 comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.


Formas de Pago

Formas de Pago
Sólo para la adquisición de Materiales

Software Contable Q 450.00

Materiales educativos