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30 sept 2009

Salario mínimo en Guatemala para el año 2008

Salario mínimo vigente para el año 2008:
Como su nombre lo dice, es lo mínimo que un trabajador puede ganar en Guatemala, aunque muchos empleadores lo manipulan a la inversa y lo toman como el máximo que deben pagar al trabajador, pero hay que tener claro que para el presente año, nadie en Guatemala puede ganar menos de éstos salarios, por una jornada de trabajo. De conformidad con el Acuerdo Gubernativo No. 625-2007 que cobró vigencia a partir del dia 01 de Enero del año dos mil ocho y fué Publicado en el Diario Oficial el 31 de Diciembre del 2007, para el año 2008 los salarios mínimos son:

Para actividades Agrícolas (en Fincas):cuarenta y siete quetzales (Q.47.00) diarios en jornada ordinaria diurna de trabajo o lo proporcional a las jornadas mixta o nocturna.

Para actividades No Agrícolas (excepto las empresas que se desempeñan en la rama de Actividad Exportadora y de Maquila): cuarenta y ocho quetzales con cincuenta centavos (Q.48.50) diarios en jornada ordinaria diurna de trabajo o lo proporcional a las jornadas mixta o nocturna.

Para la Actividad Exportadora y de Maquila (las reguladas en el Decreto No. 29-89 del Congreso de la República) cuarenta y siete quetzales con setenta y cinco centavos (Q 47.75) diarios en jornada ordinaria diurna de trabajo o lo proporcional a las jornadas mixta o nocturna.
A los salarios mínimos fijados debe sumarse la bonificación incentivo de conformidad con el decreto 37-2001 del Congreso de la República, que es de doscientos cincuenta quetzales (Q.250.00) mensuales. Ningún patrono puede pagar salarios por debajo del mínimo, pues de lo contrario puede ser sujeto de una multa que oscila entre tres y doce salarios mínimos mensuales para actividades no agrícolas (entre Q 4,125 a Q 16,500).

En los momentos actuales, está en discusión la fijación del nuevo Salario mínimo en Guatemala para el año 2010. Inicialmente, el sector laboral representado en las Comisiones Paritarias del Salario Mínimo han planteado la necesidad de incrementar el Salario mínimo a Q 88.00 diarios para todas las actividades económicas, es decir, equipararlas a todas incluyendo un incremento para las actividades de exportación y de Maquila: En virtud de que no hubo acuerdo en las comisiones paritarias, se han remitido los informes y las recomendaciones de cada sector hacia la Comisión Nacional del Salario, que será de donde saldrá la recomencación para el Poder Ejecutivo, que será el que finalmente fije los nuevos salarios mínimos para el año 2010, en caso de que no haya acuerdo entre el sector laboral y el sector empleador.
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