
Lamentablemente, una de las principales ofertas que hacen muchos candidatos a cargos públicos en las campañas electorales, es el ofrecimiento de plazas de trabajo para sus correligionarios, financistas y miembros de sus partidos que políticos, sin importar la carrera que los trabajadores puedan tener dentro de las instituciones.
Adicional a lo anterior, el 5 de julio de 2019 entró en vigencia el Acuerdo Gubernativo 89-2019 Reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-, sobre el trabajo a tiempo parcial.
Aunque se prevé que dicho Reglamento pueda ser impugnado por inconstitucional, con el mismo se da puerta libre para la aplicación de la Jornada de Trabajo a tiempo parcial en Guatemala, lo cual podría ser aprovechado por el típico empresario guatemalteco que en la búsqueda de la maximización de sus ganancias, no le importa tener a sus trabajadores con salarios de hambre y condiciones de trabajo deplorables.
Ante éstos riesgos inminentes, es importante que los trabajadores se organicen para proteger su fuente de trabajo y evitar que se concreten los despidos masivos y arbitrarios que están latentes ante éstas dos realidades que se plantean.
ORGANIZATE!!!
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