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24 abr 2020

Juzgados de Trabajo podrían retornar a sus labores el 28 de abril

De acuerdo a la circular número 31-2020 de la Secretaría General de la Presidencia del Organismo Judicial, por instrucciones de la Presidente del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia, Silvia Patricia Valdés Quezada se hace saber a todos los Funcionarios Judiciales y personal auxiliar Judicial de los Juzgados del Ramo Civil y de Trabajo y Previsión Social de toda la República, que en sesión extraordinaria del 23 de abril de 2020 el Pleno de la Corte Suprema de Justicia acordó que los Juzgados del Ramo Civil y los Juzgados de Trabajo y Previsión Social de toda la República deberán iniciar nuevamente sus labores a partir del veintiocho de abril de dos mil veinte, pero únicamente conocerán de asuntos constitucionales y diligencias urgentes
Agrega la referida circular, que en éstos Juzgados se deberán organizar internamente para trabajar por medio de la modalidad de "turnos", es decir, que no estarán funcionando en su totalidad o en toda su capacidad, sino parcialmente. 
Esta disposición es de suma importancia para la administración de justicia, pues a raíz de los últimos acontecimientos relacionados con la crisis del COVID19 muchos patronos han abusado de la situación y han violentado impunemente los derechos de los trabajadores, suspendiendo ilegalmente contratos de trabajo, realizando despidos injustificados pero sin pago de prestaciones laborales, despidiendo a trabajadores con derecho de inamovilidad (mujeres embarazadas, en período de lactancia, miembros de comités ejecutivos de sindicatos, trabajadores que estaban formando sindicatos, trabajadores de entidades que se encontraban emplazadas y trabajadores que se encontraban suspendidos de labores por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social).
Habrá que esperar entonces a que éstos Juzgados retomen normalmente sus actividades, aunque se avizora algunos inconvenientes en la aplicación de ésta circular, pues no indica con claridad cuales serán las "diligencias urgentes" que podrán conocer los Juzgados y quien establecerá los criterios para calificar la "urgencia" de las referidas diligencias. 
Hay que tomar en consideración que en medio de ésta suspensión de labores provocada por la crisis del COVID19 quedaron muchas audiencias pendientes de realizarse, por lo que deberán ser reprogramadas, pero además, habían pendientes muchas diligencias de reinstalaciones en caso de despidos ilegales, pagos de salarios y prestaciones laborales dejadas de percibir, audiencias en Juicios Orales y tantas otras diligencias que son "urgentes" para los trabajadores afectados....pero también habrá que atender el cúmulo de denuncias que habrán de darse en éstos días, por los abusos patronales que se han dado. Estaremos atentos a éstas circunstancias, para hacerlos de su conocimiento y accionar oportunamente. 
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